EXPULSIONES Y PROCEDIMIENTOS CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOS
En extranjería la orden de expulsión es una resolución que obliga al extranjero a abandonar el territorio español. Ésta podrá recaer en un procedimiento administrativo o en un procedimiento judicial y, con carácter general, irá acompañada de una prohibición de retorno que aplica a todo el territorio Schengen.
En LM Abogados estamos comprometidos con la posibilidad de revocación de la orden de expulsión y con la solicitud de la sanción más beneficiosa (por ejemplo, multa) para el extranjero ya que, no se establece un automatismo entre la estancia irregular y la expulsión.
En este sentido se pronuncia el Tribunal Supremo (nº 366/2021, de 17 de marzo) sentando que, “…en pro del principio de primacía del Derecho comunitario y el de interpretación conforme, sólo procede imponer la pena de expulsión para el caso en que, a la luz de las circunstancias concretas del expediente, se aprecien agravantes adicionales a la mera situación de irregularidad del extranjero. La regla general pasa a ser la imposición de multa, mientras que la expulsión queda relegada a la consideración de circunstancias agravantes que justifiquen, en base al principio de proporcionalidad, la imposición de la sanción más grave”.
Actuaciones en:
- Comisarias.
- Alegaciones contra la orden de expulsión
- Solicitud de medidas
- Apertura (DEMANDA) de procedimiento contencioso-administrativo
contra resolución de la Delegación de Gobierno de expulsión del
territorio nacional e incoación del procedimiento sancionador
correspondiente.
Contáctanos
Si quieres información sobre tu situación, cuéntanos tu caso y te contactaremos al momento para explicarte cual es la mejor solución para ti.
En extranjería la orden de expulsión es una resolución que obliga al extranjero a abandonar el territorio español. Ésta podrá recaer en un procedimiento administrativo o en un procedimiento judicial y, con carácter general, irá acompañada de una prohibición de retorno que aplica a todo el territorio Schengen.
En LM Abogados estamos comprometidos con la posibilidad de revocación de la orden de expulsión y con la solicitud de la sanción más beneficiosa (por ejemplo, multa) para el extranjero ya que, no se establece un automatismo entre la estancia irregular y la expulsión.
En este sentido se pronuncia el Tribunal Supremo (nº 366/2021, de 17 de marzo) sentando que, “…en pro del principio de primacía del Derecho comunitario y el de interpretación conforme, sólo procede imponer la pena de expulsión para el caso en que, a la luz de las circunstancias concretas del expediente, se aprecien agravantes adicionales a la mera situación de irregularidad del extranjero. La regla general pasa a ser la imposición de multa, mientras que la expulsión queda relegada a la consideración de circunstancias agravantes que justifiquen, en base al principio de proporcionalidad, la imposición de la sanción más grave”.
Actuaciones en:
- Comisarias.
- Alegaciones contra la orden de expulsión
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(+34) 656 54 61 27
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